1.3 DERECHO DE LA LEY
Se denomina Derecho español al ordenamiento jurídico que rige en el Reino de España, entendiendo por tal el territorio español, sus aguas territoriales, consulados y embajadas, e interior de embarcaciones civiles con bandera española en territorio internacional. También es el aplicable a las fuerzas armadas españolas independientemente de dónde se encuentren.
El Derecho español emana del pueblo español a través de sus instituciones elegidas democráticamente. Igualmente parte del ordenamiento jurídico español procede de las instituciones supranacionales de la Unión Europea.
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