jueves, 21 de abril de 2016
jueves, 7 de abril de 2016
1.3 DERECHO DE LA LEY
Se denomina Derecho español al ordenamiento jurídico que rige en el Reino de España, entendiendo por tal el territorio español, sus aguas territoriales, consulados y embajadas, e interior de embarcaciones civiles con bandera española en territorio internacional. También es el aplicable a las fuerzas armadas españolas independientemente de dónde se encuentren.
El Derecho español emana del pueblo español a través de sus instituciones elegidas democráticamente. Igualmente parte del ordenamiento jurídico español procede de las instituciones supranacionales de la Unión Europea.
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